Abogado Incapacidad Madrid > Tipos de prestaciones económico-sociales
Asistencia sanitaria: la función fundamental es la prestación de servicios médicos y farmacéuticos necesarios para conservar o restablecer la salud de sus beneficiarios, así como su aptitud para poder trabajar. También proporciona los servicios precisos para poder dar esas prestaciones médicas y farmacéuticas atendiendo en especial a la rehabilitación física del beneficiario.
- Incapacidad temporal: cubre la pérdida de ingresos que se produce cuando el trabajador, debido a una enfermedad o accidente, está imposibilitado temporalmente para trabajar.
- Riesgo durante el embarazo: cubre la pérdida de ingresos cuando la trabajadora, en situación de riesgo durante el embarazo, debiendo cambiar el puesto de trabajo o actividad para evitar ese riesgo, ese cambio no es técnicamente posible o no pueda darse por motivos justificados.
- Riesgo durante la lactancia natural: cubre la pérdida de ingresos que se da cuando la trabajadora está en situación de suspensión del contrato de trabajo por riesgo durante la lactancia de un menor de 9 meses y debiendo cambiar el puesto de trabajo o actividad para evitar ese riesgo, ese cambio no es técnicamente posible o no pueda darse por motivos justificados.
- Maternidad: se da tanto en trabajadores por cuenta ajena como propia y cubre la pérdida de ingresos que sufren éstos cuando se suspende su trabajo o actividad para disfrutar de los períodos de descanso legalmente establecidos por maternidad, adopción y acogimiento.
- Paternidad: la prestación por paternidad está incluida dentro de la acción protectora de todos los Regímenes del Sistema.
- Cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave: el objeto es cubrir la pérdida de ingresos que los progenitores, adoptantes o acogedores, que reducen su jornada de trabajo para el cuidado del menor afectado de cáncer u otra enfermedad grave, vean disminuido su salario.
- Incapacidad permanente: en su modalidad contributiva, cubre la pérdida de ingresos del trabajador, cuando afectado por un proceso patológico o traumático derivado de enfermedad o accidente, ve reducida o anulada su capacidad para trabajar de forma casi definitiva. Las prestaciones dependerán de los distintos grados de incapacidad.
- Lesiones permanentes no invalidantes: es una indemnización a tanto alzado a aquellos trabajadores que sufren lesiones, mutilaciones o deformidades causadas por un accidente de trabajo o enfermedad profesional que no llega a constituir una incapacidad permanente, pero supongan una disminución de su integridad física.
- Jubilación: en su modalidad contributiva, se da a aquellos trabajadores que cesan en su trabajo por cuenta ajena o propia, o reducen su jornada de trabajo y su salario y sufren una pérdida de ingresos por alcanzar la edad establecida. Esta prestación cuenta con sus particularidades y salvedades y junto a ella pervive la pensión de vejez del Régimen residual del SOVI.
- Muerte y supervivencia: Las prestaciones por muerte y supervivencia están destinadas a compensar la situación de necesidad económica que produce, para determinadas personas, el fallecimiento de otras. Esta prestación cuenta con sus particularidades y salvedades y junto a ella pervive la pensión de viudedad del Régimen del SOVI.
Son las siguientes:
- Auxilio por defunción: es una ayuda que se da a aquellos que soporten los gastos del sepelio del fallecido.
- Pensión de viudedad: es aquella prestación que consiste en una pensión vitalicia que se da a aquellos que hubieran estado casados o fueran pareja de hecho de la persona fallecida. También se puede dar la prestación temporal de viudedad
- Pensión de orfandad: es aquella prestación consistente en una pensión que se da a los hijos de la persona fallecida y los aportados por su cónyuge, siempre y cuando reúnan los requisitos exigidos.