En los dictámenes periciales pertinentes en incapacitaciones o incapacidad laboral por causas psíquicas, la labor del psicólogo, del psiquiatra y de otros profesionales es indispensable, ya sea a la hora de tener que emitir un informe independiente o uno complementario al del médico forense (que en muchas ocasiones, solicita una evaluación psicológica para concluir su dictamen).
De un tiempo a esta parte suelen intervenir equipos multiprofesionales, adscritos a las clínicas médico-forenses en aquellos juzgados donde las haya. En estos casos, se solicita el peritaje por designación judicial, por instancia del propio juzgador, el ministerio fiscal, el médico forense o de las partes.
Es conveniente señalar que la actuación del perito de parte se suele realizar por contratación directa por una de las partes, ya sea por el propio interesado o por el abogado que lo representa. Pudiéndose emitir en estos casos un informe pericial psicológico independiente, o bien, trabajando conjuntamente y de forma complementaria con un médico especialista en valoración del daño corporal, cuando la valoración incluya discapacidades o lesiones físicas y psíquicas.
Por último, también puede darse, en otros casos, la actuación como testigos. La citación es habitual en aquellos asuntos en los que se está tratando terapéuticamente a un paciente. Como decíamos, se cita pues a los peritos para que desarrollen una explicación en un contexto judicial sobre el diagnóstico, evolución, pronóstico y diferentes circunstancias que puedan explicar o ampliar la supuesta incapacitación del mismo.